viernes, 17 de diciembre de 2010

COMPAÑEROS:
Les recordamos que mañana nos reuniremos a las 11 hs para ir a Capital a participar de la Marcha de los Cultivadores, de plaza de mayo hasta el congreso.
Demás esta aclarar las razones de nuestra marcha.
En un principio íbamos a juntarnos en la estación FFCC La Plata pero por reparaciones que realiza la prestadora del servicio en el tramo de vías desde La Plata hasta Villa Elisa, nos reuniremos en esta estación (Villa Elisa) para tomarnos el tren hasta Constitución.
Para llegar hasta allí desde La Plata sabemos que existe un ramal de la línea 273 de colectivos que llega hasta la puerta de la estación de Villa Elisa. También hay micros que salen desde la estación de FFCC La Plata hasta la estación de Villa Elisa, dispuestos por la prestadora. En este caso recomendamos reunirse en la estación de La Plata a las 10 hs.
Otra opción es tomarse el plaza o el costera por centenario desde la terminal de ómnibus, y bajarse en la entrada de villa elisa, esquina de Arana y Cno. Centenario. de allí a la estación hay siete cuadras.
Entonces, si vas a salir desde la plata, a las 10 hs en la estación de trenes. Desde villa elisa, a las 11 hs también en la estación. la concentración es en plaza de mayo desde las 12 a las 14 hs.


un saludo amigos!

domingo, 5 de diciembre de 2010

MARCHA POR LA DESPENALIZACIÓN!!! 18 DE DICIEMBRE

Compañeros cannabicos, el próximo sábado 18 de diciembre se realizará en capital federal la marcha de los cultivadores; para pedir por una nueva ley de drogas que incluya la despenalización de la tenencia y cultivo de cannabis con fines personales, sean plantas o semillas.
la marcha se hará el 18 de diciembre concentrando a las 12 hs en plaza de mayo y de allí marchamos hasta el congreso. Desde La Plata salimos mas temprano, habrá opciones para ir en bondi o en tren (en cole alquilado por la ACALP)
para mas info escriban a asociacioncannabicalp@gmail.com

martes, 23 de noviembre de 2010

DECLARACIÓN ACALP

En mi carácter de miembro fundador de la Asociación Cannabica de La Plata, y en vistas de la actualidad de dicha asociación he creído conveniente escribir algunas líneas sobre nuestra suerte y de paso acercar a los demás miembros fundadores y a los mas recientes (aquellos que se acercan con ganas de trabajar) una opinión sobre un posible modo de trabajo.
Es importante señalar que en los últimos meses nos hemos desorganizado un poco, merced de la partida de algunas personas cuya colaboración era sumamente estimable, y otras que nos prestaron servicios desinteresadamente. Como ser el caso del Ruso y Kapulí, por eso es que creo que debemos reorganizarnos para administrarnos mejor.

Quizás una opción ideal sea la organización de comisiones dentro de la misma asociación. Podríamos armar una comisión de prensa, que llevé adelante el boletín; una comisión de eventos, una de legales, otra de cultivo, de finanzas. Esto creo yo, es muy importante para organizarnos; armar una división del trabajo. Lo ideal sería que cada uno de nosotros pueda hacerse cargo del trabajo que adopta, es decir que el grupo (comisión) se auto convoque. No solo creo que esta es la mejor forma de trabajar, creo que es necesario que lo encaremos así.

También, una vez que se adopte esta forma de trabajo, se harían reuniones ordinarias de frecuencia variable (una cada dos semanas, por ejemplo) a las que asistan uno o dos delegados de cada comisión, para hacer un seguimiento conjunto de las actividades desarrolladas por cada comisión. Y en forma más esporádica, realizar las reuniones extraordinarias en las que puedan concurrir todos los miembros interesados. Que deben ser reuniones en las que se tomen decisiones para el camino de la asociación. Para cada una de estas asambleas extraordinarias deberá ser nombrado un moderador, que tomará los nombres de los oradores y dirigirá el debate, y un notario que anote las declaraciones más importantes; estas tendrían carácter de documento y quedarían en poder de la asociación.

Así mismo, es menester formalizar una mesa directiva o coordinadora de todas las actividades desarrolladas. Esta puede ser sometida a voto en períodos renovables de un año. Esta propuesta incluye entonces, formalizar también a los socios/ miembros que quieran participar y que vienen participando, para que el voto sea legítimo exigir una antigüedad en la asociación de por lo menos seis meses anteriores a la votación de la mesa directiva/ coordinadora.

Las asambleas deben ser desligadas del marco de las jornadas culturales, pero sin evitar el debate en estas últimas. Las jornadas deben ser ámbitos de integración, ámbitos donde poder invitar gente nueva a participar y de difusión, intercambio de conocimientos y desde luego activismo. Las asambleas deberían revestir un carácter más íntimo, es decir de gente que participe activamente en las actividades de la ACaLP.

Para realizar esta organización no necesitamos de ninguna personería jurídica, y si bien este esquema de trabajo puede parecer verticalista (dado que habría “autoridades”). Creo que es mucho más fructífero que un esquema horizontal, que si no es bien organizado puede terminar en un desorden y es más o menos lo que viene pasando. Creo que este tipo de organización dará como fruto un trabajo más estructurado y factible de ser reconocido, sobre todo por nosotros mismos. Dejó este documento a aprobación de mis compañeros.

EL MONO

viernes, 29 de octubre de 2010

MAS INFO SOBRE LA JORNADA DEL 31/10

Compadres amigos de la ACaLP, ACÁ les mandamos un poco el cronograma de actividades de este Domingo 31:

15 hs: inicio de la 2ª ASAMBLEA
Para esta ocasión se nos ocurrio armar grupos dividiendo a la ciudad en 4 zonas (norte, sur, este y oeste) Así esperamos que dentro de cada grupo se puedan armar discusiones respecto a la realidad de los cultivadores/usuarios de cada zona, para despues poder discutir entre todos nuestra situación en el ámbito de nuestra región en general.

16:30 hs cada grupo expondrá sus conclusiones. Al finalizar señalaremos las problemáticas que nos afectan a todos, independientemente de la zona que habitemos, en vistas de llegar a una conclusión en general de las problemáticas de nuestra región.

18 hs haremos una charla debate sobre legalidad y lo que nos esperamos todos de el futuro accionar de la ASOCIACIÓN CANNABICA LA PLATA.

Rogamos sean puntuales. No olviden que es en un espacio Público, por lo tanto tenemos que cuidarnos entre todos, tengamos cuidado con la cantidad de sustancia que pensemos llevar y consumir. No olvidemos que la ley aun sigue vigente.

la dirección es PARQUE SAAVEDRA (LA PLATA) CALLE 12 Y 66, SECTOR CERRADO (ESPACIO BENOIT).
LOS MICROS QUE PASAN SON TODOS LOS 275, 273, 202, 214 Y LINEAS MUNICIPALES.

SI LLUEVE SE PASA AL DOMINGO PRÓXIMO

NOS VEMOS AMIGOS!!! BUENOS HUMOS!! cualquier duda o sugerencia comuniquense al mail: asociacioncannabicalp@gmail.com

miércoles, 20 de octubre de 2010

SEGUNDA ASAMBLEA DE LA ACALP!!!

Amigos, el próximo domingo 31 de octubre tendrá lugar la segunda asamblea de la Asociación Cannabica de La Plata. En esta oportunidad discutiremos el tema de la legalidad, que había quedado pendiente de la primera asamblea y también nos organizaremos en grupos de trabajo para discutir nuestra realidad como cultivadores/usuarios en la ciudad de La Plata. Encararemos ademas un debate para que todos decidamos hacia donde queremos apuntar.
La cita será como se dijo, el domingo 31 de Octubre, en el parque Saavedra (12 y 66) dentro del sector cerrado nos reuniremos a las 15 hs! se ruega ser puntual y como siempre, confirmar la asistencia!!

viernes, 24 de septiembre de 2010

Lo legal y lo legítimo en el uso de drogas

Ponencia presentada en la II Conferencia Nacional sobre Políticas de Drogas, organizada por Asociación Civil Intercambios, en 2004 por Pedro Lipcovich.

Procuraré distinguir entre dos órdenes referidos al uso de las sustancias psicoactivas comúnmente denominadas drogas: el de lo legal-ilegal y el de lo legítimo-ilegítimo: es sabido que hay sustancias cuyo uso es legal, y otras de consumo ilegal; trataré de mostrar que una sustancia psicoactiva, más allá de su legalidad o no, puede ser objeto de usos legítimos o ilegítimos.

Partiré de un ejemplo. Hace un tiempo, se anunció oficialmente que los médicos de las Fuerzas Armadas de un país desarrollado habían incluido el tetrahidrocanabinol –THC, principio activo de la marihuana– entre los fármacos utilizados para tratar el denominado “estrés postraumático” en militares. Se trata de un uso legal del THC: ¿es un uso legítimo? Esta pregunta hace necesaria otra: ¿en qué consistirá propiamente lo que el ejército de ese país llama estrés postraumático? Lo que el médico militar denomina “estrés postraumático” puede corresponder al dolor, la culpa, el desgarramiento de una persona que ha participado de acciones abominables contra poblaciones civiles. En esta óptica, lo que para el médico militar es una disfunción, una especie de enfermedad, resulta ser la persistencia de un principio ético: por suerte existen soldados que padecen ese “estrés”, porque en ellos, y no en los que duermen sin problemas, puede cifrarse alguna esperanza.

Tratar ese desgarramiento ético a la manera de una “disfunción”, mediante una sustancia psicoactiva utilizada como psicofármaco, no es legítimo, aunque pueda ser legal. Y se puede prever que este uso ilegítimo dará lugar fácilmente a una conducta adictiva: ¿qué cantidad de THC –o de antidepresivos o de ansiolíticos o de anfetaminas o de alcohol– será necesaria para suturar aquel desgarramiento en la existencia del que ha cometido crímenes? Una cantidad que tiende a infinito. La noción de uso ilegítimo –así planteada en una dimensión ética– no equivale a la de uso adictivo –que se ubica en un orden fenoménico– pero, como se ve, hay una relación entre ambas: los usos ilegítimos tienden a promover consumos adictivos.

¿Cuál sería, en contraposición, un ejemplo de uso legítimo? Podríamos construir uno siguiendo el caso de esas mismas Fuerzas Armadas. Sucede que en ese país hay personas, incluyendo a ex soldados, que se movilizan, mediante diversas formas de resistencia civil, para cuestionar acciones en las que, durante su servicio militar, hubieron de participar. Estas movilizaciones cívicas, además del efecto político que puedan producir, también son maneras de procesar psíquicamente ese dolor, esa culpa. Se advierte que este procesamiento no requiere el uso de sustancias psicoactivas. Pero se puede imaginar una escena en la que, finalizada con éxito la jornada de resistencia cívica, el ex soldado se permita celebrarlo: con buena comida, con un poco de alcohol... o de marihuana. Este uso celebratorio de la sustancia psicoactiva es legítimo, con independencia de que sea o no legal: porque, en este caso, la sustancia no actúa para hacer cortocircuito a requerimientos éticos –y a requisitos de elaboración psíquica–. La sustancia contribuye a celebrar aquello que se ha obtenido por otros medios. Es la función ancestral de la fiesta. Y el uso celebratorio no es adictivo porque la celebración es, por su propia naturaleza, un hecho puntual y condicionado al cumplimiento de otras funciones.

La distinción entre usos legítimos e ilegítimos vale, por supuesto, para diversas sustancias psicoactivas. Por supuesto, lo legítimo y lo legal pueden coincidir, y una sustancia en la que esto sucede es la cocaína: el coqueo, en zonas de Latinoamérica que incluyen el noroeste argentino, es legal; también es legítimo, en cuanto cuenta con una legitimación social, tradicional, histórica, que incluso tiene raíces religiosas. Claro que se trata de la hoja de coca, no de otras presentaciones como el clorhidrato de cocaína. Y esa legitimación social muestra cómo aquella frase que hace un tiempo tuvo difusión, “maldita cocaína”, es histórica y socialmente inexacta, lo cual a su vez permite vislumbrar cómo la demonización de la sustancia se inscribe en una concepción errónea de las conductas adictivas. Este ejemplo nos acerca también a la idea de que la presentación de una misma sustancia puede tener que ver con sus perspectivas de uso legítimo o ilegítimo: hay un uso legítimo para la hoja de coca, pero quizá no pueda haberlo para la pasta base, el paco.

Esto nos acerca a otro ejemplo, referido a las bebidas alcohólicas destiladas. Esta presentación del alcohol era desconocida por los pueblos americanos antes de la llegada de los europeos. Los conquistadores introdujeron y difundieron el uso de bebidas destiladas entre esos pueblos, para promover deliberadamente el abuso y así debilitar los lazos sociales y facilitar la dominación. Este uso del alcohol era legal, de acuerdo con las leyes de los conquistadores, pero es fácil advertir que, en términos éticos, no era legítimo

Sostengo que, con referencia a la ley, es posible discernir tres niveles con respecto al uso de sustancias psicoactivas. El más inmediato concierne al eje penalización-despenalización: aunque el uso de una sustancia sea ilegal, incluso aunque sea ilegítimo, es posible cuestionar la penalización de su consumo. Sabemos que este nivel es muy importante en términos sociales y de derechos humanos: en nuestro país, por ejemplo, miles de personas, pertenecientes a los sectores más débiles de la población, han sido castigadas (y quizá conducidas a fijarse en conductas adictivas) a raíz de la penalización del consumo.

Otro nivel de referencia a la ley es el que discute la legalidad o ilegalidad, para cada sustancia y presentación. Como sabemos, las valoraciones varían según las culturas, pero también existen criterios toxicológicos que no deberían desestimarse: no hay por qué suponer a priori que todas las presentaciones de todas las sustancias psicoactivas debieran ser legalizadas.

Y hay un tercer nivel de relación con la ley, el que me interesó especificar hoy, que examina la legitimidad o no del uso de una sustancia. Este nivel concierne, no ya, como los anteriores, a la ley jurídica, sino a la ley en su dimensión ética. Observemos que llevar a este nivel la discusión de las conductas adictivas tiene el interés de situar el tema más allá de los parámetros médicos; más allá de su medicalización. Volviendo al ejemplo del que partimos, recordemos que, desde el punto de vista del médico militar, el soldado que está mejor es el que duerme bien y no padece esa “disfunción” que puede producirse cuando el sujeto se responsabiliza por sus actos; pero, en términos éticos, el disfuncional puede ofrecer una esperanza. No me he propuesto hablar de abordajes terapéuticos para conductas adictivas. Suponiendo que tales abordajes existan, sólo han de ser válidos si se plantean en el nivel de la legitimidad-ilegitimidad del consumo, esto es, en el plano ético; allí donde se inscribe la libertad, problemática, de cada sujeto.

Pedro Lipcovich es periodista, editor del suplemento de psicología del diario Página 12.

lunes, 20 de septiembre de 2010

ESTATUTO DE LA A.Ca.L.P.

A continuación dejamos a disposición de los interesados el estatuto que regira la normativa de esta asociacion, es de vital importancia que todo interezado en participar activamente en la misma comprenda el compromizo, la responzabilidad y el riesgo que ello implica.
Con esto no queremos desalentar a nadie, solo queremos que quede claro que estamos tratando de hacer las cosas lo mas seriamente posibles.
En el siguiente estatuto figuran los que serian nuestros objetivos de maxima, comprendiendo que hay una gran parte de posibilidades de que la solicitud de personeria juridica nos sea rechazada en este contexto, contamos con apelar a recursos de amparo si fuese necesario para tratar de conseguir el respaldo institucional que nos diera una personeria juridica.
LLegado el momento se hara una convocatoria a asamblea constitutiva, donde los presentes conformaran los distintos estamentos de la asociacion, tales como:
Comision directiva, comision fiscalizadora y socios, en sus distintas categorias.
Cabe destacar que para llegar a presentar formalmente la solicitud de personeria juridica se debe contar como minimo con 20 asociados que firmen el acta constitutiva con sus correspondientes datos personales, aqui se pondra de manifiesto el grado de compromiso de cada uno de los interesados en participar, sinceramente esperamos que sean mucho mas de veinte!
Bueno, ahora si, con ustedes, EL ESTATUTO! A leer!!

Base de Estatutos:

Capitulo 1.

Art. 1: Naturaleza y ámbito territorial:

La presente entidad es una asociación sin ánimo de lucro, siendo su ámbito de actuación todo el territorio Argentino, pudiendo realizar actividades de cooperación internacional relacionada con sus fines.

Art. 2: Denominación:

Asociacion Cannabica La Plata A.Ca.L.P.

Art. 3: Fines:
1.- Informar a sus asociados de todas las cuestiones relativas a la Cannabis Sativa desde todos los puntos de vista: Científico, Medico y Legal, que puedan resultar de interés para aquellos.
2.- El estudio e investigación de las cuestiones referidas en el apartado precedente. Velar por una correcta información sobre el Cannabis.
3.- El asesoramiento Jurídico a sus asociados en aquellos procedimientos penales o administrativos que se insten contra ellos como consecuencia del consumo o posesión para el consumo de Cannabis Sativa.
4.- El seguimiento y denuncia, en su caso, de las actividades de cualquiera de las administraciones publicas, que por vía de hecho, menoscaben derechos inalienables de la persona.

En ningún caso constituye objeto y fin de esta asociación la promoción, el favorecimiento y la facilitación del consumo ilegal del Cannabis Sativa o cualquier otra droga toxica, estupefaciente o sustancia psicotrópica.

Artículo 4.- Líneas de actuación

Para la consecución de los fines que le son propios, la Asociación podrá:
a.- Realizar actividades de información, educación y protesta.
b. - Disponer de un espacio físico para la reunión y actividades de sus asociados.
c.- Organizar actos culturales.
d.- Disponer de una representación física para su representación en actos organizados
por otras entidades.
e.- Integrarse en agrupaciones y federaciones de asociaciones relacionadas con sus fines.
f.- Investigar las propiedades organolépticas de la Cannabis Sativa.
g.- También dedicará esta asociación sus esfuerzos al consejo y asesoría en los
aspectos informativos en lo referente al ámbito jurídico-legal, botánico, medicinal,
Histórico y documental.
h.- Ayudar a mantener un (foro, pagina web) permanente de opinión en Internet sobre las cuestiones establecidas en los artículos 3 y 4 de los presentes estatutos.


Artículo 5.- Duración

La Asociación tendrá una duración indefinida.

El ejercicio social comenzará el primero de ¿? y terminará el ¿? de cada año, excepto el primer año, que comprenderá el periodo que media desde el día del otorgamiento de la Escritura Fundacional de la Asociación hasta el ¿? del mismo año.

Artículo 6.- Nacionalidad y domicilio

El domicilio (virtual o real??) será el contratado por la asociación y la dirección de correo
electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones es ???????????????


CAPÍTULO II

ASOCIADOS. DERECHOS Y DEBERES


Artículo 7.- Asociados

1.- Serán considerados miembros de la Asociación todas las personas físicas y jurídicas, a excepción de las que se dirán, con residencia habitual en Argentina y plena capacidad de obrar que acepten y cumplan los presentes Estatutos, los acuerdos de la Junta Directiva y se hallen al corriente del pago de la cuota en la cuantía establecida por la Asamblea General.

2.- En ningún caso podrán ser miembros de la Asociación las personas jurídicas con ánimo de lucro.

Artículo 8.- Adquisición de la cualidad de asociado

1.- Para adquirir la cualidad de asociado se precisa enviar solicitud dirigida al Presidente de la Asociación, rellenar la ficha de afiliación y pagar la cuota en la cuantía establecida para el ejercicio de que se trate por la Asamblea General.

2.- Los modelos de solicitud y de ficha de afiliación se encontrarán a disposición de los
interesados, así como los datos precisos para hacer efectiva la cuota.

3.- La cualidad de socio se entenderá adquirida cuando el interesado reciba confirmación expresa por parte de la Asociación. No obstante, transcurridos quince días desde la cumplimentación de los requisitos obligatorios antedichos sin que el interesado haya recibido la confirmación expresa, se entenderá, a todos los efectos, que ha adquirido la condición de asociado.

Artículo 09.- Pérdida y suspensión de la cualidad de asociado

1.- La condición de asociado se pierde por:

a.- Baja voluntaria comunicada por escrito a la Asociación.
b.- Falta de pago, dentro del plazo establecido en el artículo 11.4 de los presentes
Estatutos, de la cuota en la cuantía determinada por la Asamblea General.
c.- Dejar de reunir, durante un plazo superior a dos años, los siguientes requisitos de
los exigidos para adquirir la cualidad de asociado: plena capacidad de obrar y los del
artículo 7.2 de los presentes Estatutos. La baja se cursará de manera automática al día
siguiente de expirado el plazo señalado.
d.- Expulsión decidida por la Junta Directiva y ratificada por la Asamblea General,
mediante expediente tramitado según lo dispuesto en el artículo 12.

2.- La condición de asociado quedará en suspenso:

a.- En caso de impago de la cuota anual, desde el día siguiente a la expiración del
plazo de ingreso hasta que se verifique la regularización o la definitiva falta de pago.
b.- En caso de dejar de reunir los siguientes requisitos de los exigidos para adquirir la
cualidad de asociado: plena capacidad de obrar y los del artículo 7.2 de los presentes
Estatutos, desde el día siguiente a la recepción en la Asociación de la comunicación
efectuada al efecto por el interesado y durante el plazo máximo de dos años si no
desaparece con anterioridad la causa impeditiva.
c.- En caso de expediente de expulsión, desde el día siguiente al de la notificación al
interesado de la apertura del mismo hasta su finalización.

Mientras se mantenga esta situación, quedarán en suspenso todos los derechos y deberes
derivados de la condición de asociado.




Artículo 10.- Derechos de los asociados

1.- Participar en el gobierno y desarrollo de la Asociación, pudiendo elegir y ser elegido
miembro de la Junta Directiva, exponiendo sus quejas y sugerencias en la Asamblea General y tomando parte en los debates y votaciones que en la misma se planteen.

2.- Recibir información puntual sobre las actuaciones desarrolladas para el cumplimiento de los fines de la Asociación, la cual se proporcionará por la Junta Directiva.

3.- Solicitar de la Junta Directiva información sobre la marcha de la Asociación, previa
comunicación por escrito de los aspectos sobre los que desea la misma para que pueda ser facilitada en la Asamblea General que siga.

4.- Exponer por escrito a la Junta Directiva cuantas quejas y sugerencias crean convenientes para el efectivo cumplimiento de los fines estatutarios y para el buen funcionamiento de la Asociación.

5.- Exigir de la Junta Directiva la contestación de los escritos antedichos, que serán vistos en la reunión mensual de la misma que siga a su recepción.

6.- Tener derecho preferente en los centros y actividades que desarrolle la Asociación.

7.- Cualesquiera otros que se contengan en los presentes Estatutos.

Artículo 11.- Deberes de los asociados

1.- Asistir a la celebración de la Asamblea General debidamente convocada.

2.- Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos adoptados, tanto por la Asamblea General, como por la Junta Directiva.

3.- Participar personal y activamente en el desarrollo de las actividades de la Asociación, desempeñando fielmente el cargo para el que, en su caso, sean elegidos y colaborando al mayor prestigio de la Asociación. y al cumplimiento de sus fines.

4.- Contribuir al sostenimiento de la Asociación mediante el pago de la cuota en la
cuantía que se determine por la Asamblea General.

5.- Comunicar de forma inmediata a la Junta Directiva aquellas circunstancias personales incompatibles con su cualidad de asociado, especialmente las contenidas en el artículo 7.2 de los presentes Estatutos.

6.- Cualesquiera otros que se contengan en los presentes Estatutos.




Artículo 12.- Expediente de expulsión

Se podrá iniciar expediente de expulsión de un asociado cuando éste incumpla de manera grave los presentes Estatutos, los Acuerdos de la Asamblea General y los de la Junta Directiva.

Se considerarán incumplimientos graves los siguientes:

1.- La conducta desleal hacia la Asociación, incluyendo, entre otras, las acciones que
impidan u obstaculicen el cumplimiento de los fines que le son propios, así como los
comportamientos que impidan u obstaculicen el normal desarrollo de la Asamblea
General o de las reuniones de la Junta Directiva.

2.- No desempeñar fielmente el cargo para el que hubiese sido elegido.

3.- La falta de comunicación inmediata a la Junta Directiva de alguna circunstancia
personal incompatible con la cualidad de asociado, especialmente de las contenidas
en el artículo 7.2 de los presentes Estatutos.

El expediente de expulsión principiará por acuerdo de la Junta Directiva, el cual debe ser notificado por escrito al interesado a la mayor brevedad, debiendo contener una breve descripción del motivo que origina el expediente y concediéndole un plazo no inferior a quince días desde el siguiente a la recepción de la notificación para que exponga por escrito lo que estime conveniente o para que solicite ser oído en la siguiente reunión de la Junta Directiva.

Una vez cumplido este trámite, la Junta resolverá lo que proceda. Para la decisión de
expulsión se exigirá unanimidad.

La resolución se comunicará por escrito al interesado en el plazo de tres días.

La expulsión deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea General, incluyéndose
necesariamente como punto del orden del día. El interesado podrá comparecer ante la
Asamblea y exponer, de palabra o mediante escrito al que dará lectura el Presidente, lo que crea conveniente al respecto. Seguidamente, sin que el afectado esté presente, se someterá a votación la decisión de expulsión. Será necesario para la efectividad del acuerdo de expulsión la ratificación por parte de dos tercios de los asistentes. Acto seguido se notificará al interesado lo que proceda.









CAPÍTULO III

ÓRGANOS SOCIALES

SECCIÓN PRIMERA.- DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 13.- Cuestiones Generales

El órgano supremo de la Asociación es la Asamblea General, formada por todos los
Asociados.

La voluntad de los asociados, expresada por mayoría, regirá la vida de la Asociación.

La mayoría deberá de formarse necesariamente en Asamblea General de Asociados, con
exclusión de cualquier otro medio.

Todos los asociados, incluso los disidentes y los que no han participado en la reunión,
quedarán sometidos a los acuerdos de la Asamblea General, sin perjuicio de los derechos y acciones que la Ley les reconoce.

La condición de asociado concede a su titular el derecho, personal e intransferible, a emitir un voto.

Artículo 14.- Acuerdos de la Asamblea General

Salvo las excepciones establecidas por los presentes Estatutos, los acuerdos tomados por la Asamblea General deberán ser aprobados por la mayoría simple de miembros presentes.

Artículo 15.- Competencias de la Asamblea General

La Asamblea General tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

a.- Modificación de los Estatutos.
b.- Disolución de la Asociación.
c.- Cualquier otra que expresamente se le atribuya en los presentes Estatutos.












Artículo 16.- Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria

La Asamblea General de Asociados deberá reunirse necesariamente dentro de los seis
primeros meses de cada ejercicio en sesión ordinaria, con el fin de aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior, el informe de gestión relativo a la actuación de la Junta
Directiva en el desempeño de sus cometidos, especialmente en lo relativo a los fines y
objetivos de la Asociación, y el presupuesto anual del ejercicio en curso, pudiendo,
asimismo, tratar cualquier otro asunto que se indique en el Orden del Día.

Si la Junta Directiva no convocase la Asamblea General a que se refiere el párrafo anterior dentro del plazo indicado en el mismo, podrá ser convocada a instancia de cualquier asociado y previa audiencia de la Junta Directiva.

El Presidente convocará así mismo la Asamblea General, con carácter extraordinario,
siempre que lo estime conveniente o necesario para los intereses sociales y, en todo caso, cuando así lo decida por mayoría la Junta Directiva y cuando lo soliciten por escrito el 25% de los asociados, expresando, en estos dos supuestos, los asuntos a tratar en la Junta. En este caso, la Asamblea deberá ser convocada para celebrarse dentro del mes siguiente a la fecha del acuerdo de la Junta Directiva o de la recepción de la solicitud, debiendo incluirse necesariamente en el Orden del Día los asuntos que hubiesen sido objeto del acuerdo o solicitud.

Artículo 17.- Forma de la Convocatoria

La Asamblea General de Asociados será convocada por el Presidente de la Asociación.
La convocatoria se realizará de forma personal a cada socio.
Las comunicaciones individuales deberán cursarse con una anticipación mínima de quince días, de forma que entre la fecha en que se remita la última y la fecha fijada para la celebración de la Asamblea, con exclusión de ambas fechas, medie el citado plazo de al menos quince días.

En la comunicación individual de convocatoria de Asamblea General se expresará el nombre de la Asociación, el lugar, la fecha y hora de la reunión, tanto en primera como en segunda convocatoria, y el Orden del Día, en el que figurarán, con la debida claridad los asuntos a tratar.

Entre la primera y la segunda convocatoria deberá mediar un período mínimo de treinta
minutos y máximo de noventa minutos.

Artículo 18.- Constitución de la Asamblea

Para que la Asamblea quede constituida válidamente en primera convocatoria, se precisará la concurrencia de dos tercios de los asociados.

En segunda convocatoria se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el
número de asistentes

Artículo 19.- Presidente y Secretario. Funciones

1.- La Asamblea General será presidida por el Presidente de la Junta Directiva o, en su
ausencia, por el miembro de la Junta Directiva que se designe al efecto por votación de ésta.
Actuará de Secretario el de la Junta Directiva, en su ausencia, se estará a lo dispuesto en el párrafo anterior.

2.- Corresponde al Presidente conceder el uso de la palabra, dirigir las deliberaciones y fijar el momento de la votación, que será pública, salvo que el Presidente o la mayoría de los concurrentes decida que sea secreta.

El Secretario efectuará el recuento de las votaciones y redactará el Acta de la Asamblea.

Artículo 20.- Acta de la Asamblea General

Todos los acuerdos adoptados por los asociados en Asamblea General deberán constar en Acta, la cual incluirá necesariamente la lista de asistentes y deberá ser aprobada por la propia Asamblea al final de la reunión o, en su defecto, dentro del plazo de quince días por el Presidente de la Asamblea General y dos asociados interventores nombrados
inmediatamente después de la no aprobación del Acta, por y entre los asistentes a la
Asamblea.

El Acta tendrá fuerza ejecutiva a partir de la fecha de su aprobación y deberá ser firmada por el Secretario, con el Visto Bueno del Presidente.

La formalización en instrumento público de los acuerdos sociales, en caso de que sea
necesario, corresponde a la persona que tenga facultad para certificarlos o al Presidente.

SECCIÓN SEGUNDA.- DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 21.- Definición

La Junta Directiva, elegida democráticamente por los asociados según el procedimiento
establecido al efecto, será el órgano de gestión de la Asociación.

Artículo 22.- Composición y retribución

1.- La Junta Directiva estará compuesta por un mínimo de cinco miembros y máximo de
diez: Presidente, Vicepresidente, Tesorero y vocales o cargo que se les asigne.

2.- Los miembros de la Junta Directiva no percibirán retribución ni gratificación alguna. No obstante, les serán reembolsados los gastos necesarios y justificados que les ocasione el desempeño de sus cargos.



Artículo 23.- Cese, sustitución y ampliación de sus componentes

1.- Los integrantes de la Junta Directiva cesarán en sus cargos por:

a.- Fallecimiento
b.- Dimisión
c.- Pérdida o suspensión de la cualidad de asociado, conforme a lo dispuesto en el
artículo 09.

2.- En estos casos, el miembro cesante será sustituido por el que elijan los restantes
componentes de la Junta Directiva entre los asociados.

3.- Cuando la Junta Directiva estuviese compuesta por menos de diez miembros, los
integrantes de la misma podrán elegir, de entre los asociados, nuevos componentes hasta completar el número máximo permitido.

Artículo 24.- Competencias

La Junta Directiva tendrá las siguientes competencias:

1.- Llevar a la práctica los acuerdos de la Asamblea General y los suyos propios,
desarrollar y ejecutar las líneas de actuación para el cumplimiento de los fines de la
Asociación y aprobar, dentro del primer trimestre de cada año, el Informe de Gestión
del anterior para su presentación ante la Asamblea General.

2.- Elaborar las propuestas de modificación de Estatutos.

3.- Examinar el cumplimiento de los requisitos estatutariamente exigidos para
adquirir la cualidad de socio.

4.- La gestión patrimonial y económica de la Asociación, aprobando las Cuentas
Anuales del ejercicio anterior y el Presupuesto del actual dentro del primer trimestre
de cada año para su presentación ante la Asamblea General.

5.- Cualesquiera otras que los presentes Estatutos le atribuyan.

Artículo 25.- Reuniones

1.- La Junta Directiva se reunirá siempre que la convoque el Presidente o lo soliciten por escrito la mayoría de sus miembros y, en todo caso, una vez al mes.

2.- Las reuniones de la Junta se podrán celebrar por cualquier medio que permita el
intercambio efectivo de información y opiniones y la adopción de decisiones, todo ello con la debida confidencialidad y seguridad.

3.- Las reuniones serán necesariamente presénciales una vez cada cuatrimestre y siempre que así lo solicite el Presidente o la mayoría de los componentes de la Junta.
Artículo 26.- Acuerdos

1.- Excepto en los casos en que estatutariamente se exija mayoría cualificada, las decisiones de la Junta Directiva se adoptarán por mayoría simple.

2.- El Presidente sólo participará en las votaciones cuando se requiera unanimidad o para deshacer los empates.

Artículo 27.- Acta de las Reuniones

De las reuniones de la Junta Directiva se levantará por el Secretario la correspondiente Acta; la misma contendrá una breve exposición de los temas tratados y las decisiones adoptadas, expresando el resultado de las votaciones y el voto de cada uno de los miembros presentes.

El Acta deberá ser aprobada al final de la reunión o al inicio de la que siga, teniendo desde entonces fuerza ejecutiva, y deberá ser firmada por el Secretario, con el Visto bueno del Presidente.

Artículo 28.- Responsabilidad

Los miembros de la Junta Directiva serán los únicos responsables de las decisiones que
adopten y de sus efectos.

La responsabilidad no se extenderá a aquellos de sus componentes respecto de los que
conste su voto en contra de la decisión en cuestión.


SECCIÓN TERCERA.- OTROS ÓRGANOS

Artículo 29.- Presidente de la Asociación. Facultades

1.- El Presidente de la Junta Directiva lo será también de la Asociación.

2.- El Presidente elaborará el Informe de Gestión del ejercicio anterior, relativo a las
actuaciones desarrolladas en cumplimiento de los fines asociativos.

3.- Corresponde al Presidente la representación legal de la Asociación en juicio y fuera de él, teniendo facultades lo más ampliamente entendidas para contratar en general, realizar toda clase de actos o negocios, obligacionales o dispositivos, de administración ordinaria y de riguroso dominio respecto de toda clase de bienes muebles, inmuebles, dinero, valores mobiliarios y efectos de comercio, sin más excepciones que la de aquellos asuntos que sean competencia de otros órganos.

En particular, sin que la enumeración sea limitativa, sino meramente enunciativa,
corresponden al Presidente, entre otras, las siguientes facultades, además de las mencionadas a lo largo de los presentes Estatutos:

a.- Ostentar la firma y representación sociales, autorizando la correspondencia y
cuantos documentos sean precisos.
b.- Dirigir y gestionar en toda su extensión los asuntos de la Asociación, ateniéndose
a las directrices marcadas por la Asamblea General y a las decisiones de la Junta
Directiva.
c.- Designar, suspender, despedir y revocar a todo el personal técnico, administrativo
y auxiliar que preste servicios laborales o profesionales en o para la Asociación y
ostentar la jefatura del mismo.
d.- Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva.
e.- Pagar y cobrar cantidades de toda clase y cuantía; abrir, seguir y cancelar cuentas
corrientes y de crédito, libretas de ahorro o imposiciones a plazo en cualquier banco
o entidad, incluso el Banco Nación; suscribir talones, cheques y órdenes de
transferencia; constituir y cancelar depósitos en efectivo o en títulos valores en
cualquier banco o entidad, incluso en el Banco Nación; librar, aceptar o endosar o de cualquier manera negociar letras de cambio e instar su protesto.
f.- Comparecer ante organismos jurisdiccionales de cualquier clase y jurisdicción,
Juzgados, Tribunales, incluso el Supremo, Audiencia Nacional y sus Juzgados,
Constitucional y Órganos de la Jurisdicción Social, así como ante los Órganos
Administrativos de cualquier orden del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias
y Municipios, en representación de la Asociación, sin limitación ni excepción alguna,
entablando, contestando, desistiendo o instando toda clase de acciones, recursos,
incluso de apelación, revisión, casación, inconstitucionalidad y amparo y confiriendo
poder a Procuradores de los Tribunales, Abogados y otros profesionales, con las
facultades de absolver posiciones y confesar en juicio, pudiendo conferir las de
sustituir.
g.- Realizar toda clase de actos dispositivos, por compra o enajenación de bienes
muebles, inmuebles, acciones o valores mobiliarios.
h.- Solicitar, obtener y conceder créditos o préstamos simples, hipotecarios,
pignoraticios o de otra clase, dando y recibiendo las oportunas garantías, incluso la
constitución de hipoteca sobre bienes inmuebles, con entera libertad de cuantías,
pactos y condiciones.
i.-Arrendar, traspasar, extinguir y desahuciar contratos de arrendamiento sobre toda
clase de inmuebles; renunciar a los derechos de tanteo y retracto y consentir
traspasos.
j.- Suscribir documentos públicos y privados, realizar citaciones y emplazamientos e
instar y contestar Actas Notariales.
k.- Otorgar poderes para el ejercicio de las facultades enumeradas, que sean
susceptibles de apoderamiento, incluso con facultades de sustituir y revocarlos.

Artículo 30.- Vicepresidente de la Asociación y de la Junta Directiva

Tendrá las facultades que le encomiende el Presidente, sustituyéndole y ejerciendo la
Presidencia de la Asociación y de la Junta Directiva por causa de enfermedad, ausencia,
dimisión o fallecimiento.


Artículo 31.- Tesorero

Será el encargado de llevar el Libro de Contabilidad, así como de elaborar y presentar ante la Asamblea General el Presupuesto del año en curso y las Cuentas del año anterior, previa aprobación por la Junta Directiva.

Así mismo, tendrá a su cargo los fondos de la entidad, siendo el responsable, junto con el Presidente, de los mismos y de la supervisión y el cuidado de las operaciones de cobro y pagos.

Artículo 32.- Vocales

Tendrán las funciones y cometidos específicos que les encomienden tanto el Presidente
como la Junta Directiva.

Artículo 33.- Secretario. Cometidos

1.-El Secretario de la Asociación será el fedatario de la misma, el encargado de llevar y
custodiar el Libro Registro de Socios y el Libro de Actas, tanto de la Asamblea General,
como de la Junta Directiva, así como los demás documentos de la misma y, junto con el
Presidente, el sello de la Asociación.

El Secretario redactará y firmará, con el Visto Bueno del Presidente, las Actas de las
reuniones de los órganos colegiados de la Asociación, expidiendo las certificaciones
necesarias.

2.- El cargo de Secretario sólo podrá ser ejercido por uno de los miembros de la Junta
Directiva, salvo por el Presidente, o por una persona ajena a la Asociación, nombrada por la Junta, en cuyo caso asistirá a las reuniones de los órganos colegiados sin voz, excepción hecha de los asuntos de su competencia, y sin voto.

















CAPÍTULO IV
ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA


Artículo 34.- Período electoral

1.- Cada tres años naturales se iniciará el procedimiento para elegir, mediante mayoría
simple y voto libre, secreto, igual y directo de todos los miembros de la Asociación., a la Junta Directiva de la Asociación.

2.- El período electoral se iniciará el uno de septiembre del año electoral, mediante anuncio de la Junta Directiva, y concluirá el treinta de septiembre siguiente con la proclamación de la nueva Junta Directiva.

3.- Desde el inicio del período electoral hasta su finalización, quedará en funciones la Junta Directiva saliente.

Artículo 35.- Candidaturas

1.- Las candidaturas, integradas por un mínimo de cinco asociados y un máximo de diez, se podrán presentar hasta el día 7 de septiembre.

2.- Las candidaturas se presentarán mediante escrito dirigido a la Junta Directiva en el que se expresarán los siguientes puntos:

a.- Nombre, apellidos, D.N.I. y número de asociado de cada uno de los integrantes
b.- Composición de la futura Junta Directiva, haciendo constar expresamente quién
ocuparía cada cargo
c.- Representante de la candidatura
d.- Domicilio, correo electrónico y teléfono a efectos de notificaciones y
comunicaciones

3.- Una vez cerrado el período de presentación de candidaturas, no podrán variar los
integrantes de las mismas salvo fallecimiento, enfermedad grave o lo establecido en el
artículo 37 de los presentes Estatutos.

Artículo 36.- Junta Electoral

1.- Es el órgano de la Asociación encargado de supervisar el desarrollo de las elecciones, de controlar las votaciones, de efectuar el recuento y de proclamar los resultados.

2.- No podrán formar parte de este órgano los miembros de la Junta Directiva, ni aquellos integrados en cualquiera de las candidaturas que se presenten a la elección.

3.- Estará formada por tres miembros, elegidos mediante insaculación entre los asociados que se efectuará el día hábil siguiente a aquel en el que se cierre la presentación de candidaturas. Mediante el mismo procedimiento se designará a tres suplentes.

4.- Esta elección se llevará a cabo en debiendo estar presentes, al menos, el Presidente y el Secretario de la Asociación y un integrante de cada una de las candidaturas presentadas.

5.- La designación se comunicará personalmente a los interesados en el mismo día o, de no ser posible, el siguiente. Desde ese mismo instante, salvo lo dispuesto a continuación, los designados pasarán a desempeñar el cargo.

6.- El desempeño del cargo será obligatorio, siendo los únicos motivos válidos de excusa el cumplimiento de un deber público ineludible y haber formado parte de la Junta Electoral en el período de elecciones inmediatamente anterior al actual.

7.- Los componentes de la Junta Electoral serán resarcidos de los gastos autorizados y
justificados en que incurran en el desempeño de su cargo.

Artículo 37.- Condiciones de elegibilidad

1.- En el plazo máximo de cinco días desde su designación, la Junta Electoral comprobará que los integrantes de las candidaturas reúnen los requisitos expresados en los artículos 7 y 8 de los Estatutos y que no concurre ninguno de los supuestos enumerados en el artículo 09 de los mismos. Así mismo, verificará que la candidatura se ha presentado en debida forma.

2.- Si se detectase el incumplimiento de alguna de las condiciones expuestas, la Junta
Electoral elaborará un informe por escrito consignando las faltas detectadas y lo hará llegar antes del 15 de septiembre a las candidaturas interesadas, concediéndoles un plazo de dos días para sustituir a los integrantes inelegibles o para subsanar los defectos formales en cuestión.

3.- La candidatura que no cumpla el requerimiento o lo haga de modo defectuoso o fuera del término concedido será inmediatamente apartada del proceso electoral.

4.- La Junta Electoral podrá recabar la información que estime pertinente de la Junta
Directiva para verificar el cumplimiento de los requisitos antedichos.

Artículo 38.- Proclamación de candidaturas

El día 20 de septiembre la Junta Electoral, mediante anuncio publico, se realizará la proclamación oficial de las candidaturas.

Artículo 39.- Listado de asociados. Programas electorales

1.- Una vez realizada la proclamación oficial de candidaturas, la Junta Electoral entregará a cada candidatura un listado de asociados, elaborado por la Junta Directiva, con sus nombres y apellidos, su número de asociado y su dirección de correo electrónico.

La entrega del listado se hará contra la presentación por escrito del compromiso de todos y cada uno de los integrantes de la candidatura de no hacer otro uso del listado que el de envío de comunicaciones de contenido electoral. El incumplimiento conllevará la inmediata expulsión de la Asociación de los infractores.


Artículo 40.- Votación. Recuento. Proclamación de electos

1.- La votación se iniciará a las cero horas del día ¿? de septiembre y concluirá a las
veinticuatro horas del mismo. El voto se depositará mediante correo electrónico dirigido a la dirección de la Asociación., debiendo garantizarse el secreto del mismo. El votante será
notificado de manera automática de la hora en que depositó su voto.

2.- El recuento y escrutinio se realizará por la Junta Electoral, la cual elaborará un Acta de la votación, firmada por todos sus miembros, expresando el número de votos emitidos, el de votos nulos, el de votos en blanco y el número de votos recibidos por cada una de las candidaturas, además procederá, en dicha Acta, a proclamar la Junta Directiva elegida, que será aquella que obtenga mayor número de votos. Este Acta se publicará antes de que finalice el día ¿?. La nueva Junta Directiva tomará posesión otro día.

Artículo 41.- Empate entre candidaturas

Si dos o más candidaturas obtuviesen el mismo número de votos, la Junta Electoral señalará, en la mencionada Acta, fecha para la celebración de una segunda votación entre estas candidaturas, la cual deberá tener lugar antes del ¿?, produciéndose la proclamación de electos el día ¿? y la toma de posesión el ¿?.

En caso de nuevo empate, se celebrarán las votaciones necesarias hasta que alguna de las candidaturas obtenga la mayoría simple. La Junta Electoral determinará las fechas de las nuevas votaciones; la proclamación de electos y la toma de posesión se efectuarán
simultáneamente dentro de las 36 horas siguientes a la finalización de la votación en la que se lograse la mayoría simple.

Artículo 42.- Candidatura única

Cuando por cualquier circunstancia sólo concurra al proceso electoral una candidatura
oficial, con los requisitos estatutariamente exigidos, la Junta Electoral, sin que se produzca votación, procederá a proclamarla como Junta Directiva durante el día ¿?, tomando posesión el siguiente ¿?.










CAPÍTULO V
RÉGIMEN PATRIMONIAL Y DISOLUCIÓN


Artículo 43.- Patrimonio

1.- La Asociación tiene su propio patrimonio, el mismo estará integrado por todos los bienes, derechos y obligaciones cuya titularidad le corresponda.

2.- Los fondos de la Asociación serán los provenientes de:

a.- Las cuotas anuales de los asociados en la cuantía que se determine por la
Asamblea General.
b.- Los donativos, legados y subvenciones
c.- Cualesquiera otros ingresos, incluidos los derivados de actividades mercantiles,
siempre que no se vulnere la legalidad vigente, ni los presentes Estatutos

3.- Los fondos de la Asociación estarán afectos en todo caso al cumplimiento de los fines que le son propios.

4.- En el momento de su constitución, la carece de patrimonio propio y su límite presupuestario es indeterminado.

Artículo 44.- Disolución

1.- La Asociación se disolverá por:

Decisión de los asociados expresada en Asamblea General convocada al efecto,
siendo necesario el voto favorable de las tres cuartas partes de los asociados

2.- Los bienes y derechos resultantes de la liquidación se destinarán en todo caso a una o varias entidades no lucrativas privadas que persigan fines de interés general y que tengan afectados sus bienes, incluso para el supuesto de su disolución, a la consecución de aquellos.

DISPOSICIÓN ADICIONAL.-

Todas las referencias contenidas en los presentes Estatutos a las comunicaciones escritas han de entenderse realizadas tanto a los medios tradicionales, como al correo electrónico o cualquier otro medio existente o futuro que permita la confección, transmisión y recepción eficaz de documentos escritos.

Así mismo, según las condiciones tecnológicas y económicas lo vayan permitiendo, la
Asociación sustituirá la presencia física de los componentes de los órganos colegiados en las reuniones de los mismos, por otros medios que aseguren la presencia simultánea de todos los que debieran asistir, así como su participación. Para ello se requerirá la oportuna adaptación estatutaria.

sábado, 18 de septiembre de 2010

Carta abierta a los legisladores

El siguiente es un boceto que presentamos para que aporten sugerencias y opiniones, entre todos tenemos que pulir este reclamo, para incluso llegar a establecer un documento comun que pueda servir como base del reclamo unificado de las distintas asociaciones y agrupaciones que representen a los consumidores y cultivadores organizados de todo el territorio nacional.


Señores legisladores:
Como usuarios responsables y organizados de cannabis, reclamamos que se nos de participación activa en el debate de la reforma de de la ley 23737.
Dentro de las propuestas actuales, hemos visto que se da el mismo trato al cannabis que a otras drogas sintéticas de alto grado de adicción y daño, consideramos que esto es un grave error.
NO ACEPTAMOS QUE SE NOS TRATE COMO ENFERMOS.
Contamos con argumentos científicos, históricos y con la experiencia empírica, para aportar información certera.
Nuestro reclamo es concreto, despenalización de la tenencia, cultivo y transporte de cantidades especificas de cannabis no procesado.
Promoción de los usos industriales del cannabis.
Promoción de los usos terapéuticos del cannabis.
Prevención del uso irresponsable de cannabis.
Educación certera con información real.
También contamos con propuestas concretas para ayudar a crear un marco regulativo donde el cannabis pueda ser controlado, y su uso pautado.
Hay que tener plena consciencia de que estamos hablando de una sustancia de altísimo potencial terapéutico, y que la investigación y el desarrollo en aplicaciones medicas esta recién empezando a conocerse, y aun mas alto potencial industrial, en los rubros textiles, alimentarios y papeleros, el avance en las investigaciones y el desarrollo de tecnicas de produccion conllevara una demanda que deberá ser cubierta.
Las distintas asociaciones creadas a lo largo y ancho del país estamos en proceso de conformarnos legalmente, para así dar representación legítima a la gran cantidad de cultivadores y consumidores que YA estamos organizados, necesitamos que la ley nos alcance, y nos ampare.
Estamos unidos, nos une una planta, que representa también una manera de ver el mundo y de vivir la vida, en paz, en armonía y con felicidad.
Solo queremos que el planeta sea un lugar mejor para todos.
No quisiéramos ser juzgados por eso.

VIII conferencia Nacional sobre politicas de drogas

Compañeros cannabicos, esta es una oportunidad perfecta para plantar nuestra posicion, el lunes 4 y el martes 5 de octubre se llevara a cabo en la ciudad autonoma de Buenos Aires la octava conferencia nacional sobre politicas de drogas, donde se debatiran las diferentes problematicas de la nueva coyuntura en cuanto a este complejo tema.
Como decia, por nuestra parte seria una excelente oportunidad para reclamar para que no se meta a la maria en la misma bolsa que el resto de las drogas, ni para que se nos trate como enfermos.
Nuestros argumentos:
El cannabis es una sustancia natural que podemos producir quienes consumimos, pudiendo evitar el comercio ilegal y los riesgos que este acarrea.
La mayor parte de los usuarios de cannabis somos personas funcionales, productivas y responsables, que estamos lejos de ser una amenaza para la sociedad y para la salud publica.
Los consumidores organizados estamos dispuestos a aportar nuestro conocimiento empirico, para desarrollar junto con profesionales y legisladores, politicas que permitan establecer un marco legal y juridico claro y concreto, tendiente a normalizar el cannabis como sustancia de uso terapeutico y recreativo.

Asi que ya saben! 4 y 5 de octubre. Tenemos que estar ahi.
en el siguiente link toda la data oficial
http://conferenciadrogas.wordpress.com/

martes, 14 de septiembre de 2010

Luchando por la verdad

Desestigmatizacion

¿Qué sabe usted del Cannabis?
Sabe, por ejemplo, que la denominación “Marihuana” fue popularizada a principios del siglo XX, como una deformación de la manera en que despectivamente se llamaba a los trabajadores rurales que migraban de México al sur de los E.E.U.U.
Estos inmigrantes usaban la planta tradicionalmente para todo tipo de aplicaciones.
La palabra que usaban para nombrarla era de origen Nahuatl (etimológicamente asociada a las múltiples propiedades de la misma) y sonaba parecido a Maria Juana.
Con el inicio de la ley seca, el prohibicionismo y la incipiente industria del petróleo y sus derivados, que llegaban para competir directamente con el cáñamo, que hasta ese momento era el material mas utilizado para la industria naval (por citar un solo ejemplo) las autoridades norteamericanas tuvieron que idear un plan de propaganda para sacar del medio a nuestra querida planta.
Y ahí aparecen los “mariguanos”, gente marginal, peligrosa y despreciable, para el estado, y no mas que simples trabajadores rurales en realidad, afectados mucho mas por la problemática del alcohol que por la planta que usaban ancestralmente.
El plan se basaba en demonizar esta “nueva” sustancia que “volvía locos a los hombres”, sin mencionar en ningún momento que en realidad se estaba hablando del cáñamo.
Lo más lamentable de toda esta historia es que se salieron con la suya, y lo sufrimos hasta hoy, y en gran parte del mundo.
Una prueba más de la gran mentira del capitalismo.
Datos de color: El barco insignia de la armada estadounidense (como la Fragata Libertad de nosotros) tenía a principios del siglo XX, 16 toneladas de cáñamo entre sus velas y su cordaje.
Durante el siglo XIX el cáñamo (o hemp) fue la sustancia mas indicada por los médicos de esa época para el tratamiento de distintas afecciones.
Hasta principios del siglo XX, todo el papel producido provenía del cáñamo, los borradores de la constitución norteamericana (la versión final fue escrita sobre cuero), los grandes títulos clásicos, los libros de ciencia, para resumir, LA MAYOR PARTE DE LO IMPRESO HASTA LA PROHIBICION, fue en papel de cáñamo, esto se debe a que la celulosa de esta planta es de una concentración mayor a la de cualquier otra y su periodo de crecimiento es mucho menor.
Entre los cientos de productos hechos de cáñamo, uno de los más extraordinarios es "el auto de plástico de Henry Ford".
Fabricado en 1941con fibras de celulosa derivadas del cáñamo, el maguey (sisal) y la caña.
El plástico era más resistente que el acero, y pudo soportar 10 impactos de martillo sin rasgarse

Nuevas politicas de drogas. YA!!

Los consumidores de cannabis nos estamos organizando.
Somos ciudadanos productivos, profesionales, empleados, comerciantes, artistas, en definitiva, personas responsables que cumplimos con nuestras obligaciones.
No somos delincuentes, eso esta claro, pero tampoco somos enfermos, y eso muy a nuestro pesar aun hay que aclararlo.
Somos conscientes de que el mayor problema con la sustancia que consumimos es la gran ignorancia que hay en general acerca de sus efectos, su nivel de toxicidad y mucha otra informacion positiva que no solo no se difunde, sino que se tergiversa y se oculta, con el solo fin de mantener el estigma que pesa sobre esta planta.
Es frustrante y muy doloroso ser victimas de una mentira tan grande como la que se creo alrrededor de la planta que consumimos, solo para quitarla del medio en una puja siniestra por intereses economicos.
El debate esta abierto.
Es sabido que la guerra contra las drogas que lidero E.E.U.U. desde comienzos de los 70's y en la cual se enlistaron gran cantidad paises alineados/subordinados, fracazo rotundamente, generando mas ilegalidad, inseguridad, violencia, marginalidad y daño que soluciones efectivas.
Como dice el activista Mike Bifari "Hace diez años la puerta estaba cerrada, ahora esta un poquito abierta y podemos ver un poco del otro lado..." tenemos que terminar de abrirla del todo, porque estamos convencidos que la verdad nos hace mas tolerantes, y siendo mas tolerantes vamos a lograr una sociedad mas justa, pacifica y feliz.

jueves, 9 de septiembre de 2010

LA LEY, LA CORTE Y EL FALLO ¿DONDE ESTAMOS PARADOS?

El 25 de agosto del pasado 2009 muchas personas nos pusimos contentas
y no fue para menos, la corte suprema había declarado por unanimidad la
despenalización de la tenencia de Cannabis para consumo personal, pero
¿Realmente que se despenalizó?
El 21 de septiembre de 1989 se sanciono la ley 23.737 de tenencia y
consumo de estupefacientes. Dentro de la misma, en el artículo 14, puede
leerse:
“Será reprimido con prisión de uno a seis años (…) el que tuviere en su
poder estupefacientes. La pena será de un mes a dos años de prisión
cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívo-
camente que la tenencia es para uso personal”.
En el famoso fallo la corte declara la inconstitucionalidad de dicho artículo,
basándose en el articulo 19 de nuestra constitución nacional:
“las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al
orden y la moral pública, ni perjudiquen a terceros, están reservadas a
Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.
Pero con esto se hace hincapié en las acciones privadas, es decir, dentro
del ámbito de nuestra propia casa. La ley aun continua vigente, por lo tanto
sigue siendo igual de riesgoso tanto fumar como circular con Cannabis por
la calle; de tener la mala suerte de cruzarte con un policía tendrás que
acompañarlo a la comisaría si así te lo pide. Es muy probable que el fiscal
de turno desestime la causa, basándose en el actual fallo, pero las horas
en la comisaría te las vas a tener que comer y no te las devuelve nadie.
A pesar de que el panorama cambio poco y nada, el fallo sienta un prece-
dente excelente en nuestra lucha y de mantenerse esta jurisprudencia, nos
prepara muy bien el terreno. Los votos de los distintos jueces coinciden en
el fracaso de está ley de drogas y la califican como ineficaz e inhumana,
el mismo Carlos Fayt señalo que “criminalizar al usuario es indudablemente
inhumano” y que “la adicción es un problema de salud y no debe encarce-
larse a los afectados”.
Asimismo la corte exhortó a todos los poderes públicos “a asegurar una
política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar
medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva
del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables,
especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento con los
tratados internacionales de derechos humanos sus-criptos por el país”.
Un fallo sienta jurisprudencia pero no es una ley. Los distintos jueces
pueden interpretarlo según su modo de ver las cosas, por lo que a pesar
de todo, seguimos siendo considerados delincuentes. Que las cosas
empiecen a cambiar esta en nosotros, en unirnos y organizarnos.
CONTRA LA PROHIBICIÓN, PLANTATE!!!

martes, 7 de septiembre de 2010

¡CULTIVADORES DE TODOS LOS LADOS, UNIOS!

No hizo falta que alguien lo proclame… el espíritu de
unión flotaba en el aire en la reunión de la coordinadora
de asociaciones cannabicas y cultivadores.
El sábado 24 de julio en la casa en que moró Rosas en San
Telmo, algunas de las asociaciones cannabicas y cultivado-
res se reunieron para proponer acciones concretas en pos
de la legalización del cultivo y tenencia de marihuana.
Este primer encuentro de la coordinadora sentó las bases
para la creación de una organización federal que reúna la
energía y los intereses de los grupos que, como la ACaLP,
brotan en el espacio público para proclamar la libertad
de cultivar, enseñar y aprender, y disfrutar del cannabis.
En la reunión, en la que participaron 47 personas –algu-
nas representantes de las 9 agrupaciones territoriales-,
se elaboró un documento a partir de una dinámica de traba-
jo en grupos que proponía el análisis, mediante la discu-
sión, de la realidad como base para la acción.
En este sentido, se entiende que el panorama actual plan-
tea dos situaciones. Por un lado, la construcción en el
imaginario social de la marihuana como una droga y su
relación con la delincuencia y la violencia, y por otro,
la emergencia de núcleos de cultivadores que, como “célu-
las revolucionarias”, están decididos a informar y enseñar
para compartir los beneficios que hoy la legalidad
demoniza.
Así, se planteó consolidar las asociaciones y estimular la
formación de otras, en vistas de que estas constituyen
pilares fundamentales para organizar reclamos y generar
información responsable, ya que los medios de comunicación
criminalizan y alimentan el estereotipo delictivo que la
arbitrariedad de la ley instaura en la sociedad.
La próxima reunión de la coordinadora ya tiene fecha en
octubre; y esto, porque se pretende constituir un organis-
mo federal que potencie las demandas y funcione como
espacio para el intercambio de experiencias y de conoci-
mientos, como en esta primera jornada.
JUGAR AL SISTEMA
Si bien todos sabemos que la prohibición no inhibe las
acciones pero sí, que las condiciona condenándonos a la
ilegalidad, se determinaron acciones para defender la
libertad negada por las instituciones. Por eso, cada una
de las asociaciones y foros ofrecerá delegados para inte-
grar una comisión de asesoramiento a los legisladores que
próximamente discutirán la ley de drogas en el Congreso.
La presencia de la voz de los cultivadores y usuarios es
fundamental para cambiar el estado de las cosas y generar
un sistema más humano y justo.
SIEMPRE PODEMOS PONER UNA PLANTA MÁS
Cultivar es la manera de naturalizar el uso de la planta
y de terminar con los estereotipos y prejuicios que legi-
timan la nefasta ley que nos rige.
Lo mismo que reúne, es el objetivo y a la vez, el medio
para conseguirlo: cultivar. Cultivar tranquilos.
Siempre podemos tener una planta más para regalar y para
que otros comiencen a cultivar. Porque si hay algo en lo
que todos coinciden es en la experiencia que genera la
relación con la naturaleza cultivando lo que uno quiere
consumir, y en la calidad y las bondades del producto
resultado de nuestra intervención.
El cannabis cultiva a la gente ¡digámoslo!

Jornada - Asamblea

Hola a todos!
Estamos felices de contar con el apoyo de tanta gente copada!
A continuacion queremos contarles algunos puntos a tener en cuenta para la seguridad de todos. Debemos ser concientes de que lo que estamos haciendo esta penado por ley, y que estamos organizandonos para pelear para que esto cambie. La ley 23737 (de drogas y estupefacientes) sigue vigente, al igual que su espiritu represivo. Llevar marihuana contigo puede acarrearte problemas, por eso recomendamos que si lo haces, lo hagas en cantidades minimas.
Hemos decidido pautar algunas medidas de seguridad especificas para la jornada del dia 12 de septiembre, estas son:
-No se permitira el uso de telefonos celulares, si esta dentro de sus posibilidades, les recomendamos que no los traigan, o los mantengan apagados.
-Una vez que la jornada haya dado comienzo, no se permitira dejar salir a nadie, si lo hicieran, no podran volver a ingresar. Tengan en cuenta llevar todo lo que pudieran necesitar (tabaco, gulas, bebidas, etc...)
-No se permitira ingresar alcohol.

NO SE PERMITIRA EL ACCESO A PERSONAS NACIDAS DESPUES DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 1992 (MENORES DE 18 AÑOS), SALVO QUE VAYA ACOMPAÑADA DE PADRE O MADRE.

La convocatoria esta citada a las 14:00Hs, con una tolerancia de 45 minutos, a las 14:45Hs se cierra la puerta y ya no podra ingresar mas nadie. a las 15:00Hs se dara comienzo a las actividades, las mismas seran:
15:00Hs - Presentacion de la Asociacion, reseña historica de la creacion, presentacion de los miembros fundadores, planteamiento del objetivo social, debate acerca de los dilemas legalidad/ilegalidad/personeria juridica, marco institucional en el plano nacional.
15:50Hs Recreo
16:00Hs Mike Bifari, activista cordobes nos visita y nos cuenta su experiencia.
aca pueden verlo dando una charla
http://il.youtube.com/watch?v=c96Ht5e-Rkk&feature=related
16:50Hs Recreo
17:00Hs El chino, nuestro cultivador estrella (5º puesto en la Copa C.A.B.A.) nos dara un curso teorico/practico de como cultivar nuestras propias plantas, atendiendo las consultas especificas del publico y compartiendo las experiencias de todos.
17:50Hs Recreo
18:00Hs Manuel Seoane "El Presidente" nos hablara acerca de la actual ley de drogas y debatiremos acerca de como podriamos mejorarla.
18:50Hs Firma del acta constitutiva por parte de los presentes, Reflexion final y Cierre de la jornada.

El sabado 11 les enviaremos la direccion exacta.

Saludos a todos!

buena vibra!

martes, 8 de junio de 2010

FIESTA LANZAMIENTO A.Ca.L.P.

Nos plantamos!
Y festejamos!!

Despues de la Marcha Mundial seguimos trabajando por la difusion de la cultura cannabica y en defensa de nuestros derechos.

Musica NO en vivo:
D.J. Ruso Platz (baile desprejuiciado)
D.J. Mamita Kapulita (afrocaribean beats)
D.J. Chino (Roots)

B.B.B.B. (barra buena, bonita y barata)

Entradas anticipadas $10
por ahora mediante mensaje privado a los adminitradores de nuestro grupo en Facebook
http://www.facebook.com/?tid=1299296922300&sk=messages#!/group.php?gid=110864418952240


Les recordamos que la ley 23737 sigue vigente al igual que su espiritu represivo, llevar contigo cannabis puede acarrearte problemas.
Maneja tu consumo con responsabilidad.

A.Ca.L.P

Hora de inicio:
El Sábado, 03 de julio de 2010 a las 23:00
Lugar:
60 n° 825 e/ 11 y 12
Ciudad/Pueblo:
La Plata, Argentina

miércoles, 12 de mayo de 2010

PRIMERA MARCHA MUNDIAL DE LA MARIHUANA EN LA PLATA


El sabado 8 de mayo, y en conjunto con mas de 300 ciudades en todo el mundo, se realizó en el paseo del bosque la edición local de la marcha mundial de la marihuana, a la que concurrieron cerca de 300 personas.
La concentración se llevo a cabo pacíficamente, hubo una charla con el abogado Daniel Miño acerca de la actualidad legal del consumo de Cannabis y luego un recital de el rancho mc. El clima acompaño la tarde.
Los objetivos son el cese de las detenciones, la discriminación y el maltrato a usuarios, el respeto por las libertades individuales, los derecho de los usuarios medicinales, la promoción de políticas de salud, prevención y reducción de daños y, sobre todo, por una nueva ley de drogas más humana, justa y eficaz.
La ACaLP surge a partir de la necesidad de generar en la ciudad y su zona de influencia un ámbito de discusión acerca del Cannabis; y abordar el tema desde todos los puntos de vista posibles. Poder compartir conocimiento acerca del consumo y cultivo de esta planta, asi como sus usos medicinales y posibles usos industriales, y todo aquello que tenga que ver con esta maravillosa planta..